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2.3.- IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD
Por ser
un impuesto sobre la fabricación,
el impuesto sobre la electricidad debería gravar sólo los bienes fabricados, es decir, los
bienes realmente consumidos por el usuario.
Sin embargo, el
IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD,
no sólo grava el CONSUMO sino también el TÉRMINO DE POTENCIA, que no es un bien fabricado -ni, por tanto,
consumido por el usuario- sino una cantidad cobrada mensualmente a éste por el simple hecho der ser
cliente de una compañía eléctrica.
Dado que el impuesto sobre la electricidad es el 5,113% y que el importe anual del TÉRMINO DE POTENCIA
rondará en 2008 los
4.013 millones de euros, excluido el IVA,
la cantidad indebidamente cargada sobre el TÉRMINO DE POTENCIA se aproximará a los
205 millones de euros
Por otra parte,
el impuesto sobre la electricidad está a su vez gravado con el 16% de IVA.
Por tanto, dado que en 2008 el impuesto sobre la electricidad rondará los 1.136 millones de euros,
el IVA sobre el citado impuesto se aproximará a los
182 millones de euros.
Así pues, el sobreimpuesto pagado en 2008 por los clientes de las compañías eléctricas rondará
205 + 182= 387 millones de euros.
Aunque el PSOE presentó en diciembre de 2000 en el Senado una
enmienda al Impuesto sobre la electricidad
solicitando que dicho impuesto "se configure como un tipo impositivo que grave estrictamente la energía
consumida", el PSOE no sólo no modificó el citado impuesto tras conseguir en 2004 el Gobierno por
mayoría absoluta sino que ni tan siquiera tuvo la cortesía de contestar al
escrito de 24.05.2007 de la diputada Dña. Isaura Navarro Casillas
en el que ésta preguntaba al Gobierno los motivos por los cuales no había efectuado aún la modificación
propuesta por el PSOE en su citada enmienda de diciembre de 2000.
Con su falta de respuesta al escrito de 24.05.2007 de la diputada Dña. Isaura Navarro Casillas, el PSOE
confirma, una vez más, que una cosa es predicar y otra, dar trigo.
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