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Cuatro nuevos fraudes masivos. Endesa, obligada a devolver >
Fraude masivo 3: Incremento unilateral de la potencia contratada (1/4)
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Por tanto, incluyendo el IVA (16%), la cantidad cobrada en exceso por Endesa por su parque
de contadores con discriminación horaria podría superar los 700.000 euros mensuales:
500.500 x 1,21 euros/mes x 1,16= 702.501 euros/mes
De este fraude masivo sólo tengo pruebas de la implicación de Endesa, lo cual, evidentemente,
no implica que no esté siendo cometido por otras compañías eléctricas.
Dado que el parque nacional de contadores con discriminación horaria estaba formado en
2008 por
1.455.965 contadores,
la cantidad cobrada en exceso si este segundo fraude estuviera siendo cometido también
por el resto de las compañías sería superior a
1.455.965 x 1,21 euros/mes x 1,16= 2.04 millones de euros/mes
20.3.- Fraude masivo 3: Incremento unilateral de la potencia contratada
Desde el 18.09.2003, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 842/2002, por el que se
aprobó el vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT), las tensiones normalizadas
en baja tensión son las establecidas en el
artículo 4.1b:
Tensión entre fase y neutro= Pasa de 220 a 230 voltios
Tensión entre fases= Pasa de 380 a 400 voltios
A pesar de que el
artículo 2.2
del citado Reglamento establece claramente que
“el presente Reglamento se aplicará a las nuevas instalaciones,
a sus modificaciones y a sus ampliaciones”,
el incremento de la tensión fue aprovechado por las compañías eléctricas para incrementar
en el mismo porcentaje el término de potencia a todos sus abonados, alegando que, dado
que el término de potencia es proporcional a la potencia contratada y ésta es el producto
de la tensión por la intensidad, el incremento de la tensión implicaba el mismo incremento
del término de potencia.
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