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4.- Resolución de la Junta de Andalucía
"La condición 10 de la vigente póliza de abono establece que las empresas suministradoras deberán comunicar previamente a los abonados la conexión o desconexión de los equipos de medida, salvo casos de alta o baja en el suministro. Ninguna persona ajena a la Empresa suministradora podrá manipular ni desprecintar los aparatos y equipos de medida y control una vez conectados, ni tampoco la empresa suministradora sin aviso previo al abonado".

La empresa suministradora no puede realizar la conexión o desconexión de los contadores sin aviso previo, ni aunque éstos sean de su propiedad y estén en régimen de alquiler.

"Esta Delegación ha resuelto que la desconexión del contador, sin aviso previo al abonado, no se ha llevado a cabo conforme a lo dispuesto en la Condición 10 de la Póliza de Abono del contrato de suministro”
.


20.5.2.- Sobre el cobro de un precio de alquiler superior al legal

1.- Reclamaciones

1.1.- Reclamación de D. Miguel Báez Rosas

"El Sr. Báez manifiesta que le han incrementado el alquiler del contador cerca de un 82%, pasando de 1.11 euros/mes a 2,02 €/mes".

2.- Alegación de Endesa
"2.02 euros/mes corresponde a la suma del alquiler del contador de doble tarifa (1.11 euros/mes) más la función de reloj que lleva incorporado (0.91 euros/mes)".
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