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Tercera
Dado que el desastroso estado del parque nacional de contadores electromecánicos es ya
de conocimiento público, las compañías eléctricas y su cómplice político, el Gobierno,
principal responsable de dicho estado, están interesados en eliminar el citado parque
cuanto antes y, por supuesto, con el máximo beneficio económico posible.
Para eliminar el parque de contadores electromecánicos cuanto antes y con el máximo
beneficio económico posible, las compañías eléctricas, con la connivencia del Gobierno,
que permanece pasivo, están utilizando las dos siguientes artimañas:
- Los contadores electromecánicos están siendo sustituidos por contadores electrónicos
descatalogados (entre ellos, el
Orbis MER),
no aptos para telegestión, comprados a precio de saldo.
Según mis datos, el precio pagado por Endesa por el contador Orbis Mer es inferior
a 12 euros, con lo cual, dado que el precio de alquiler cobrado por dicha compañía
es 0.81 euros/mes a los usuarios con tarifa sin discriminación horaria y 2.02
euros/mes a los usuarios con tarifa con discriminación horaria, el contador se
amortiza en 15 y 6 meses, respectivamente.
- Como expuse en el
punto 20.1,
la sustitución de los contadores electromecánicos por contadores electrónicos se está
llevando a cabo clandestinamente, sin advertir previamente a los usuarios, con objeto
de que éstos no puedan tomar nota de las lecturas marcadas por dichos contadores en
el momento de la sustitución, lo cual deja la puerta abierta a las compañías eléctricas
para facturar un número de kwh superior al correspondiente a las citadas lecturas.
Aunque el fraude que las compañías eléctricas pueden estar cometiendo mediante la
sustitución clandestina de contadores es imposible de cuantificar con exactitud, por
destruir dichas compañías los contadores sustituidos, es posible que la cantidad total
cobrada en exceso
supere los 1.000 millones de euros
cuando todos los contadores electromecánicos hayan sido sustituidos.
Es preciso destacar que Endesa continúa sustituyendo clandestinamente los contadores
a pesar de que la Junta de Andalucía confirmó en su
Resolución de 07.07.2009
y en su
Informe de 23.09.2009
que la sustitución sin aviso previo al usuario infringe lo establecido en la
condición general 10
de la póliza de abono (contrato de suministro suscrito por la compañía eléctrica y
el usuario).
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