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11.2.- El Boletín Oficial del Estado miente: Prueba documental 1
Como confirman el escrito de 20.12.1983 de la DG de Energía a los fabricantes y el estudio económico adjunto al "Informe de 18.12.1984 sobre propuesta de orden ministerial por la que se revisan los alquileres de los equipos de medida de energía eléctrica", para calcular el precio medio de mercado de un contador (y, por tanto, su precio de alquiler), el Ministerio de Industria necesita que los fabricantes le suministren previamente dos datos: a) el precio de lista del contador y b) el descuento medio aplicado a las compañías eléctricas.

Pues bien, es imposible que los precios de alquiler publicados en el BOE a partir de la entrada en vigor de la Orden de 20.02.1987 hayan sido calculados "de acuerdo con la condición 16 de la vigente Póliza de Abono, aprobada por el Real Decreto 1725/1984, de 18 de julio", ya que: La declaración de 29.05.2002 de Félix Rivas Perales ante el Juzgado Central de Instrucción 5 prueba, pues, por sí sola que el Boletín Oficial del Estado miente cuando afirma que los precios de alquiler publicados a partir de la entrada en vigor de la Orden de 20.02.1987 han sido calculados "de acuerdo con la condición 16 de la vigente Póliza de Abono, aprobada por el Real Decreto 1725/1984, de 18 de julio", ya que la última vez que el Ministerio de Industria dispuso de los datos necesarios (lista de precios y descuento medio aplicado a las compañías eléctricas) para calcular el precio de alquiler "de acuerdo con la condición 16 de la póliza de abono aprobada por el Real Decreto 1725/1984"  fue el 23.12.1986.
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