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6.- ¿Qué hago si mi compañía eléctrica no responde a mis reclamaciones?
Si su compañía eléctrica no responde de forma fehaciente [3]
a sus reclamaciones (que es lo más probable, dado el despotismo con el que dichas compañías
suelen tratar a sus clientes), reclame contra ella ante la Delegación Territorial de Industria
de la zona en la que habite.
[3] El motivo de que la respuesta a cada una de las reclamaciones
deba ser fehaciente (por mensajero, burofax o correo certificado con acuse de recibo)
es evitar la posiblidad de que las compañías eléctricas aleguen que han respondido
a las mismas, sin ser cierto.
No se preocupe por su reclamación ante la Delegación Territorial de Industria, porque en
el momento oportuno publicaré una entrega en la que, de forma similar a como he hecho
en el caso de las ilegalidades, incluiré una aplicación informática que le permitirá
obtener fácilmente dicha reclamación.
Mientras tanto, conserve las copias selladas de las reclamaciones presentadas ante su
compañía eléctrica, pues le serán indispensables para reclamar ante la Delegación
Territorial de Industria, tanto la devolución de las cantidades facturadas en exceso
[4] por dicha compañía como el pago por ésta de una
indemnización de 30,05 euros por cada reclamación no respondida en un plazo máximo de
cinco días (en
Reclamaciones personalizadas e indemnizaciones (I),
explico detalladamente lo relativo a dicha indemnización),
[4] Las seis ilegalidades han sido reconocidas como tales
por la Junta de Andalucía, mediante las correspondientes Resoluciones, por lo que
deberían ser reconocidas también por las restantes comunidades autónomas.
Por favor, dé a esta entrega la máxima difusión que le sea a usted posible, pues hay
millones de personas que no reclaman porque no saben cómo hacerlo o porque ignoran que están
siendo engañadas.
Muchas gracias por su colaboración.
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