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Esta norma es incumplida por
Iberdrola y
Unión Fenosa.
Con la tarifa vigente desde el 01.01.2009 (0.112480 euros/kwh), el citado abono supone
un descuento de 1.71 euros/mes por cliente, incluidos el impuesto sobre la electricidad
y el IVA.
Puesto que el abono se hace informáticamente, es lógico suponer que si no se le descuenta
a un cliente, no se le descuenta a ninguno. Por tanto, dado que Iberdrola y Unión Fenosa
tienen, respectivamente, 8.7 y 4 millones de clientes domésticos, la no inclusión del
abono en una factura supone para dichas compañías el ingreso ilegal de las siguientes
cantidades:
Iberdrola: 8.7 millones de clientes x 1.71 euros/(mes x cliente)= 14.9 millones
de euros/mes
Unión Fenosa: 4.0 millones de clientes x 1.71 euros/(mes x cliente)= 6.8 millones
de euros/mes
15.5.- Quinta irregularidad: Facturar una potencia superior a la contratada
El importe mensual del derecho de pernada denominado
Término de potencia
(2) se calcula multiplicando la potencia contratada por
una constante cuyo valor es establecido periódicamente por el Gobierno.
(2) Si desea más información sobre este asunto, pulse
aquí
para ir a 2.1.- TÉRMINO DE POTENCIA
Esta norma es incumplida por Sevillana-Endesa, que desde el 01.01.2009 factura el
Término de potencia considerando una potencia superior en un 4.55% a la potencia
contratada.
Con objeto de ocultar el fraude, Sevillana-Endesa remitió en diciembre de 2008 a cada
cliente
un escrito y
un contrato.
En el escrito, que carece de fecha, el director de Atención al Cliente de Sevillana-Endesa
afirma: " Me es grato remitirle su ejemplar de Contrato de Suministro Eléctrico suscrito
con nuestra empresa ".
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