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Esta norma es incumplida por Iberdrola y Unión Fenosa.

Con la tarifa vigente desde el 01.01.2009 (0.112480 euros/kwh), el citado abono supone un descuento de 1.71 euros/mes por cliente, incluidos el impuesto sobre la electricidad y el IVA.

Puesto que el abono se hace informáticamente, es lógico suponer que si no se le descuenta a un cliente, no se le descuenta a ninguno. Por tanto, dado que Iberdrola y Unión Fenosa tienen, respectivamente, 8.7 y 4 millones de clientes domésticos, la no inclusión del abono en una factura supone para dichas compañías el ingreso ilegal de las siguientes cantidades:
    Iberdrola: 8.7 millones de clientes x 1.71 euros/(mes x cliente)= 14.9 millones de euros/mes

    Unión Fenosa: 4.0 millones de clientes x 1.71 euros/(mes x cliente)= 6.8 millones de euros/mes

15.5.- Quinta irregularidad: Facturar una potencia superior a la contratada
El importe mensual del derecho de pernada denominado Término de potencia (2) se calcula multiplicando la potencia contratada por una constante cuyo valor es establecido periódicamente por el Gobierno.
    (2) Si desea más información sobre este asunto, pulse aquí para ir a 2.1.- TÉRMINO DE POTENCIA
Esta norma es incumplida por Sevillana-Endesa, que desde el 01.01.2009 factura el Término de potencia considerando una potencia superior en un 4.55% a la potencia contratada.

Con objeto de ocultar el fraude, Sevillana-Endesa remitió en diciembre de 2008 a cada cliente un escrito y un contrato.

En el escrito, que carece de fecha, el director de Atención al Cliente de Sevillana-Endesa afirma: " Me es grato remitirle su ejemplar de Contrato de Suministro Eléctrico suscrito con nuestra empresa ".
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