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Falsedad 3: "El ICP evita el sobrecalentamiento de la instalación"

El calibre del ICP (intensidad nominal por encima de la cual el ICP actúa y desconecta la instalación) es función de la potencia contratada por el usuario.

Según establece la norma ITC-BT-17 del actual Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT), vigente desde el 18.09.2003, los dispositivos de mando y protección instalados en el cuadro general de distribución de la vivienda o local son, como mínimo, los siguientes:
    "Un interruptor general automático (IGA) de corte omnipolar, que permita su accionamiento manual y que esté dotado de elementos de protección contra sobrecarga y cortocircuito. Este interruptor será independiente del ICP.

    Un interruptor diferencial general, destinado a la protección contra contactos indirectos de todos los circuitos.

    Un interruptor automático de corte omnipolar, que permita su accionamiento manual y que esté dotado de elementos de protección contra sobrecarga y cortocircuito, por cada uno de los circuitos interiores de la vivienda o local.

    Un dispositivo de protección contra sobretensiones, según la norma ITC-BT-23, si fuese necesario"
    .
Conforme a lo establecido en la norma ITC-BT-10, los grados de electrificación de una vivienda son dos: Básico y elevado, según la capacidad de la instalación para soportar de forma permanente las distintas potencias simultáneas especificadas en la tabla A de la guía-BT-25 (electrificación básica: 5.75 y 7.36 kw / electrificación elevada: 9.20, 11.50 y 14.49 kw).

Según consta en la segunda página de la nota de prensa de 29.06.2007 del Ministerio de Industria, el número de abonados domésticos con potencia contratada inferior a 5 kw era en aquella fecha el siguiente:
    Usuarios con potencia contratada igual o inferior a 2.5 kw= 4.5 millones
    Usuarios con potencia contratada entre 2.5 y 5 kw= 15.3 millones
pág 230