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 Dado que en una instalación monofásica el escalón de potencia contratada más próximo a 
                        5 kw es 
                        
                        4.60 kw, 
                        correspondiente al ICP de 20 amperios (el escalón siguiente es 5.75 kw, correspondiente 
                        al ICP de 25 Amperios), de la nota de prensa de 29.06.2007 del Ministerio de Industria 
                        se deduce que en la actualidad hay al menos 19.7 millones de viviendas que tienen 
                        (o tendrán) un ICP de 20 amperios.
 
 Y puesto que según la
                        
                        tabla A de la guía-BT-25
                        el interruptor general automático (IGA) de la vivienda de electrificación básica mínima  
                        es del calibre 25 amperios, en 19.7 millones de viviendas hay (o habrá) un ICP que actúa 
                        antes de que lo haga el IGA y, por tanto, antes de que se produzca cualquier sobrecarga.
 
 Es falso, pues, que "el ICP evita el sobrecalentamiento de la instalación", ya   
                        que los encargados de dicha función son el IGA y los interruptores automáticos secundarios.
 
 Sin necesidad de recurrir a ninguna explicación técnica, la falsedad de la afirmación 
                        "el ICP evita el sobrecalentamiento de la instalación" queda al descubierto con 
                        sólo utilizar el sentido común: si dicha afirmación fuera cierta, el actual Reglamento 
                        Electrotécnico de Baja Tensión, vigente desde el 18.09.2003, sería una chapuza, pues  
                        estarían desprotegidas todas aquellas viviendas que cumplieran con dicho Reglamento 
                        pero no tuvieran instalado el ICP (8.4 millones, en la actualidad).
 
 Al afirmar que el ICP "garantiza la seguridad y el bienestar de su hogar y evita el 
                        sobrecalentamiento de la instalación", Endesa se reitera en la falsedad cometida en 
                        la 
                        
                        publicidad engañosa y alarmista 
                        insertada en la página 16 del número de abril/mayo de 2007 de Ingeniería Industrial, la 
                        revista del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental, al que 
                        pertenezco (¿cómo es posible que una revista de un Colegio Oficial de Ingenieros Industriales 
                        admita dicha publicidad?).
 
 Como su propio nombre indica, el Interruptor de Control de Potencia es, simplemente, un 
                        elemento de control. Controla que la potencia conectada por el abonado no sea nunca 
                        superior a la que figura en su contrato. Si en algún momento la potencia conectada es 
                        superior a la contratada, el ICP desconecta la instalación eléctrica, impidiendo el 
                        funcionamiento de todos los aparatos conectados a ella.
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