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Es decir, en el caso de que no exista instalación de autoconsumo, un 50% del importe pagado por el usuario por cada kWh consumido corresponde al peaje de acceso a las redes y el otro 50% corresponde al precio del kWh en la correspondiente subasta CESUR.

En el caso de existir instalación de autoconsumo y de que toda la energía sea consumida por el usuario, éste deberá pagar a la compañía eléctrica por cada kWh producido por dicha instalación un precio igual al peaje de respaldo, el cual, según lo establecido en la tabla incluida en la Disposición transitoria primera del proyecto de Real Decreto, será por ahora 0,067568 €/kWh (+ 27,19%, de impuestos), un precio prácticamente idéntico al peaje de acceso a las redes (0,068998 €/kWh + 27,19%, de impuestos).

Así pues, por decisión del Gobierno de Mariano Rajoy, el usuario que tenga paneles fotovoltaicos deberá pagar por cada kWh producido por dichos paneles una cantidad prácticamente igual a la que el usuario sin paneles solares paga en concepto de peaje de acceso a las redes por cada kWh suministrado por la compañía eléctrica.

En consecuencia, los usuarios que tengan paneles fotovoltaicos pagarán a las compañías eléctricas (empresas privadas) no sólo por los kWh suministrados por éstas, sino también por los kWh suministrados por los citados paneles.

Por tanto, gracias al Gobierno de Mariano Rajoy (PP), las compañías eléctricas cobrarán también el sol.

Hasta cuándo las compañías eléctricas cobrarán el denominado peaje de respaldo depende exclusivamente de si la sociedad española acepta pasivamente que el Gobierno le imponga este nuevo derecho de pernada o, como hicieron los ciudadanos de Cochabamba ante la pretensión de la empresa concesionaria del suministro de aguas de cobrar “también la lluvia”, decide oponerse a que dichas compañías cobren “también el sol”.


3.- ¿Por qué tanta urgencia, Sr. Rajoy?
Como consta en el escrito remitido el 18.07.2013 por el Gobierno de Mariano Rajoy a la CNE, ésta debe emitir antes de quince días su informe sobre el Proyecto de Real Decreto sobre autoconsumo de energía eléctrica, por lo que el plazo de emisión de dicho informe finaliza el 02.08.2013.

El escrito especifica igualmente que “el trámite de audiencia a los interesados se realizará con carácter urgente por esa Comisión, a través de los miembros de su Consejo Consultivo de Electricidad”, de los cuales, trece (como mínimo) representan los intereses de las compañías eléctricas y sólo uno representa los intereses de los consumidores domésticos, a pesar de que éstos consumen la tercera parte de los kWh consumidos en España.
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