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También el sol > ¿Por qué tanta urgencia, Sr. Rajoy? (1/3)
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Es decir, en el caso de que no exista instalación de autoconsumo, un 50% del importe
pagado por el usuario por cada kWh consumido corresponde al peaje de acceso a las redes
y el otro 50% corresponde al precio del kWh en la correspondiente subasta CESUR.
En el caso de existir instalación de autoconsumo y de que toda la energía sea consumida
por el usuario, éste deberá pagar a la compañía eléctrica por cada kWh producido por
dicha instalación un precio igual al peaje de respaldo, el cual, según lo establecido
en la tabla incluida en la Disposición transitoria primera del proyecto de Real Decreto,
será por ahora
0,067568 €/kWh
(+ 27,19%, de impuestos), un precio prácticamente
idéntico al peaje de acceso a las redes (0,068998 €/kWh + 27,19%, de impuestos).
Así pues, por decisión del Gobierno de Mariano Rajoy, el usuario que
tenga paneles fotovoltaicos deberá pagar por cada kWh producido por dichos paneles una
cantidad prácticamente igual a la que el usuario sin paneles solares paga en concepto
de peaje de acceso a las redes por cada kWh suministrado por la compañía eléctrica.
En consecuencia, los usuarios que tengan paneles fotovoltaicos pagarán a las compañías
eléctricas (empresas privadas) no sólo por los kWh suministrados por éstas, sino también
por los kWh suministrados por los citados paneles.
Por tanto, gracias al Gobierno de Mariano Rajoy (PP), las compañías
eléctricas cobrarán también el sol.
Hasta cuándo las compañías eléctricas cobrarán el denominado peaje de respaldo depende
exclusivamente de si la sociedad española acepta pasivamente que el Gobierno le imponga
este nuevo derecho de pernada o, como hicieron los ciudadanos de Cochabamba ante la
pretensión de la empresa concesionaria del suministro de aguas de cobrar “también
la lluvia”, decide oponerse a que dichas compañías cobren “también el sol”.
3.- ¿Por qué tanta urgencia, Sr. Rajoy?
Como consta en el
escrito remitido el 18.07.2013
por el Gobierno de Mariano Rajoy a la CNE, ésta debe emitir antes de quince días su
informe sobre el Proyecto de Real Decreto sobre autoconsumo de energía eléctrica, por
lo que el plazo de emisión de dicho informe finaliza el 02.08.2013.
El escrito especifica igualmente que “el trámite de audiencia a los interesados se
realizará con carácter urgente por esa Comisión, a través de los miembros de su Consejo
Consultivo de Electricidad”, de los cuales, trece (como mínimo) representan los intereses
de las compañías eléctricas y
sólo uno representa los intereses de los consumidores domésticos,
a pesar de que éstos consumen
la tercera parte
de los kWh consumidos en España.
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