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25.06.2008

4.- LA VERDADERA SUBIDA DE LA TARIFA ELÉCTRICA A PARTIR DEL 01.07.2008
Antes de exponerle los datos correspondientes a la verdadera subida anual que supondrá la aplicación el 01.07.2008 de la tarifa eléctrica especificada en la propuesta de 13.06.2008 del Gobierno es necesario que usted tome conciencia de que, a pesar de afectar actualmente a más de 25 millones de usuarios y generar una facturación cercana a los 30.000 millones de euros, la fijación de la tarifa eléctrica es una pantomima que el Gobierno y las compañías eléctricas representan periódicamente con objeto de legalizar unos precios que no tienen ningún tipo de control oficial y han sido calculados utilizando criterios contables que pueden ser calificados, como mínimo, de irregulares.

La finalidad de los tres siguientes puntos es, precisamente, ayudarle a que tome dicha conciencia.

4.1- Trámites legales para la fijación de la tarifa eléctrica
Los trámites legales a realizar por la Administración del Estado para fijar la tarifa eléctrica una vez que el Ministerio de Industria ha recibido de las compañías eléctricas los datos sobre inversiones realizadas por éstas en las actividades reguladas (transporte y distribución de energía eléctrica) son los siguientes:

1. El Ministerio analiza los datos recibidos de las compañías eléctricas y redacta una propuesta de Orden.
2. El Ministerio remite la propuesta de Orden a la Comisión Nacional de Energía (CNE).
3. La CNE remite la propuesta de Orden al Consejo Consultivo de la Electricidad.
4. El Consejo Consultivo de la Electricidad facilita a cada consejero una copia de la propuesta de Orden.
5. Cada miembro del Consejo Consultivo de la Electricidad analiza la propuesta de Orden y hace sus alegaciones a la misma.
6. La CNE analiza las alegaciones de los miembros Consejo Consultivo de la Electricidad y redacta su informe.
7. La CNE remite su informe al Ministerio.
8. El Ministerio remite el informe de la CNE a la Comisión delegada de Asuntos Económicos.
9. La Comisión delegada de Asuntos Económicos remite el informe de la CNE al Consejo de ministros.
10. El Consejo de ministros analiza el informe de la CNE y aprueba la Orden que establece la tarifa eléctrica.
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