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4.4.- ¿Cuál es la verdadera subida de la tarifa eléctrica a partir del 01.07.2008?
Si usted consulta una hemeroteca, comprobará que las siguientes noticias no son una invención mía:

10.05.2008: "Industria cree que la CNE propondrá subir la luz un 20%"   a partir del 01.07.2008.

13.05.2008: "La CNE propone a Industria una subida de las tarifas de la luz del 11.3% a partir del julio".

02.06.2008: "Zapatero afirma que la subida de la tarifa de la luz será cercana al IPC"

04.06.2008: "Sebastián anuncia que la fectura de la luz subirá entre un 5 y un 6% a partir de julio"

¿No le recuerda a usted esta forma de actuar la de los antiguos charlatanes que vendían su mercancia por los pueblos con la cantinela de "señoras y señores, este maravilloso cuchillo de auténtico acero inoxidable fabricado en Toledo no les va costar 200 pesetas, ni 100 pesetas, ni siquiera 50 pesetas; les va a costar tan sólo 25 pesetas". Naturalmente, el cuchillo no era ni de acero inoxidable ni fabricado en Toledo, por lo que unas semanas después de adquirido ya tenía las primeras manchas de óxido.

Si continúa leyendo, comprobará que los charlatanes no han desaparecido, simplemente han evolucionado, se han agrupado en partidos políticos y en vez de vender cuchillos, venden falsas promesas y tarifas eléctricas.

En España existen actualmente cinco tarifas eléctricas domésticas, entendiendo por tales las aplicables a potencias contratadas (P) inferiores o iguales a 15 kw. El número de abonados suscritos a cada una de dichas tarifas es el siguiente:
    Tarfa 1.0:                      P < 1kw             212.931 abonados
    Tarifa 2.0.1:       1 kw < P < 2.5 kw       3.912.739 abonados
    Tarifa 2.0.2:    2.5 kw < P < 5 kw        13.617.450 abonados
    Tarifa 2.0.3:       5 kw < P < 10 kw        4.630.556 abonados
    Tarifa 3.0.1:     10 kw < P < 15 kw           551.422 abonados
A partir del 01.07.2008, existirá una sexta tarifa, llamada social, a la cual podrán suscribirse aquellos abonados que sean titulares de la vivienda que ocupan, tengan una potencia contratada inferior a 3 kw y tengan instalado el interruptor de control de potencia (ICP).

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