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10.2.- Cumplimiento de la segunda función.
La segunda función que el Gobierno tenía asignada en la estafa era la siguiente:
    - Dar por buenos los precios medios de mercado falsos remitidos por los fabricantes a la Dirección General de la Energía con objeto de que la estafa se cometiera a través del Boletín Oficial del Estado.
El Gobierno cumplió correctamente esta función, ya que, como demuestran los dos documentos que le facilitaré a continuación, dio por buenos los precios falsos facilitados en octubre de 1984 por los fabricantes a la DG de la Energía sin efectuar ninguna comprobación de dichos precios a pesar de ser todos ellos coincidentes para cada tipo de contador y existir, por tanto, indicios evidentes de que habían sido consensuados.


10.2.1- Primer documento.
El primer documento que prueba que el Gobierno cumplió la segunda función que tenía asignada en la estafa es el " Informe de 18.12.1984 sobre propuesta de orden ministerial por la que se revisan los alquileres de los equipos de medida de energía eléctrica".

El documento está firmado por el subdirector general de Energía Eléctrica, Fernando Díaz Caneja, y la directora general de la Energía, Carmen Mestre Vergara, quien el 03.01.1984, al recibir de manos de los diputados socialistas Juan Carmona Infantes y Jesús Lechuga Gallego los documentos que probaban que Sevillana de Electricidad estaba cometiendo 29 irregularidades, antepuso los turbios intereses del PSOE a su obligación de defender los legítimos intereses de los clientes de dicha compañía y, como consta en el reportaje de Interviú " Sevillana de Electricidad ha cobrado 20.000 millones de más a los andaluces", se negó a intervenir alegando que "esto es una cuestión de Estado y no conviene moverla ahora"   y recomendó a los dos citados diputados que se pusieran en contacto con Manuel Cortázar y Landecho, presidente de Sevillana de Electricidad, del cual les facilitó el teléfono particular, recomendación que los dos parlamentarios rechazaron (si desea más información sobre este asunto, pulse aquí).

El "Informe de 18.12.1984"  de la DG de la Energía es un documento excepcional por los siguientes motivos:

1.- El documento está emitido por el Ministerio de Industria, que es, según la condición 16 de la póliza de abono aprobada mediante el Real Decreto 1725/1984, el responsable oficial de la fijación de los precios máximos de alquiler de los contadores de la luz.
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