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                        Cumplimiento de la primera función |  |  
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                        Resumen de la entrega 9.- LA ESTAFA, PASO A PASO: EJECUCIÓN/ FABRICANTES (II).Y ahora paso a demostrarle documentalmente que el 
                      Gobierno cumplió correctamente las funciones que tenía asignadas en la estafa planificada a 
                      finales de 1983 por las compañías eléctricas y el PSOE.Los fabricantes se autoasignan una tercera función, de la cual las compañías 
                        eléctricas no tendrán conocimiento hasta el 21.11.1995, en que el diario El País saca a la luz
                        publica al grupo clandestino Contact. La tercera función es la 
                        siguiente:
 -	Repartirse consensuadamente el mercado español y, en consecuencia, aplicar el incremento
                          artificial de precios no sólo a los contadores vendidos a los almacenistas-distribuidores
                          sino también a los vendidos a las compañías eléctricas.
 Al verse descubiertos, los fabricantes se reúnen  el 23.11.1995 con las compañías eléctricas y 
                        redactan un escrito en el que los fabricantes reconocen que facilitaron datos falsos al Ministerio
                        de Industria, con objeto de que los precios de alquiler fueran superiores a los precios máximos 
                        legalmente autorizados, y las compañías eléctricas reconocen que eran conscientes de dicha 
                        falsedad.
 
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 10.1.- Cumplimiento de la primera función.
 La primera función que el Gobierno tenía asignada en la estafa era la siguiente:
 
                        - Aprobar una nueva póliza de abono en la que las condiciones relativas al alquiler de los 
                        contadores fueran idénticas a las establecidas en la 
                        
                        póliza de abono aprobada el 12.03.1954, 
                        con objeto de anular la sustitución de Imáx= 63 amperios por Imáx= 50 amperios 
                        establecida en la condición general 12 de la 
                        
                        póliza de abono aprobada el 20.08.1981, 
                        que fue en la que se basó el fraude planificado por las compañías eléctricas y UCD.
                        El Gobierno cumplió correctamente esta función ya que, mediante el Real Decreto 1725/1984, de 18 de julio, 
                      aprobó una 
                      
                      nueva póliza de abono, 
                      cuya condición 16 es una copia literal de la condición 16 de la póliza de abono aprobada el 12.03.1954, 
                      que fue la sustituída fraudulentamente por la condición 12 de la póliza de abono aprobada el 
                      20.08.1981. |  |  
                    |  | pág 84 |  |  
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