Inicio > La estafa > Endesa: La impunidad del corsario > Recurso de alzada de 28.07.2009 de Endesa (5/9)




Apartado b) del Anexo II de la Orden ITC 3860/2007
En este apartado se detallan los precios de alquiler de los contadores electromecánicos de doble y triple tarifa y del denominado “servicio de reloj conmutador”, eufemismo tras el cual se oculta un fraude, que le explicaré más adelante.

Si, por ejemplo, un abonado doméstico con contador electromecánico tuviera contratada una tarifa con dos períodos de facturación (antes, tarifa nocturna; ahora, tarifa con discriminación horaria), el importe total que dicho abonado tendría que pagar por el alquiler de los equipos de medida sería el siguiente:
    - Alquiler del contador monofásico de doble tarifa= 1.11.euros/mes
    - Servicio de reloj conmutador= 0.91 euros/mes
    - Total= 1.11 + 0.91= 2.02 euros/mes
Pero, ¿qué es el "servicio de reloj conmutador" ?

Para explicárselo, necesito retroceder a 1984.

El 29.12.1984, el Boletín Oficial del Estado publica la Orden de 20.12.1984 el Ministerio de Industria, "por la que se actualizan los alquileres de los equipos de medida de energía eléctrica”. Como expuse en la entrega 11, esta Orden es el cimiento sobre el que el PSOE construye la estafa en el precio de alquiler de los contadores ( 11.1- La Orden de 20.12.1984: El cimiento de la estafa)

Entre los precios de alquiler detallados en el Anexo de la citada Orden hay uno que no figura en las Órdenes anteriores: el precio de alquiler del reloj conmutador. Su importe, 147 pesetas/mes, fue obtenido por el Ministerio de Industria de la misma forma que los precios de alquiler de los contadores, es decir, aplicando el 1.25% al falso precio medio de mercado facilitado a dicho Ministerio por los fabricantes ( 10.2.2.- Segundo documento).

Concretamente, 147 pts/mes procede de aplicar el 1.25% (porcentaje establecido en la condición general 16 de la póliza de abono aprobada mediante el Real Decreto 1725/1984) al precio remitido el 19.01.1984 al Ministerio de Industria por AEG Ibérica de Electricidad.
pág 271